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Objetivos generales
- Caracterizar los derechos humanos vulnerados en
los casos de trabajo esclavo, explotación, trata y tráfico de personas.
- Determinar las posibles acciones a llevar a cabo desde la sociedad civil
para erradicar el trabajo esclavo, la explotación, la trata y el tráfico de
personas.
- Promover y demandar las políticas públicas necesarias para la asistencia y
la restitución de sus derechos a víctimas de trabajo esclavo, explotación,
trata y tráfico de personas.
Objetivos
específicos
- Recabar y registrar información histórica y
actual sobre trabajo esclavo, explotación, trata y tráfico de personas en
Argentina y otros países, particularmente los implicados en acciones que
afecten a nuestra población autóctona o residente.
- Propiciar que en toda legislación sobre trabajo esclavo, explotación,
trata y tráfico de personas se enfatice la defensa de los DDHH de quienes
resulten afectadas y la restitución de sus derechos económicos, sociales y
culturales.
- Establecer un listado y mapeo de recursos estatales y sociales de
prevención, asistencia a las víctimas y control estatal sobre trabajo
esclavo, explotación, trata y tráfico de personas.
- Establecer al denominado por la OIT “trabajo decente” como modelo
paradigmático de trabajo humano el que deberá reunir las siguientes
condiciones básicas: 1) remuneración digna y registrada –requisito de
mínima: poder satisfacer las necesidades básicas-, 2) ser productivo para la
sociedad, 3) desarrollado en condiciones y ambiente de seguridad física y
psicosocial, 4) que asegure la protección social de las familias, 5) que
haga factible la perspectiva de desarrollo personal e inclusión en la
sociedad y la libertad de opinión, 6) con igualdad de trato entre mujeres y
varones. En síntesis, que el trabajo asegure el ejercicio de los DESC y de
los DD.SS y RR.
- Receptar denuncias sobre lo establecido en la ley 26.842/12 en sus
artículos 2, 4 y 5, y de violaciones a los DESC.
Para abordar éstas problemáticas la Comisión acuerda reconocer la
perspectiva de la interculturalidad toda vez que dicho enfoque contemple el
pleno ejercicio de los derechos humanos desde la singularidad de cada
persona afectada. Se considerarán particularmente la diversidad de géneros,
de etnias, de sexualidades, de niveles de instrucción y de situaciones de
empobrecimiento u otra vulnerabilidad social.
Modalidad
de trabajo
El encuadre metodológico de la Comisión es de
investigación-acción con la gradual participación de los propios colectivos
afectados.
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