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Nuevos Derechos Humanos en la Historia del Siglo XX


En el primer cuaderno de "Talleres de Vida" se reseña brevemente la historia de los derechos humanos, las formulaciones iniciales, el difícil camino de sus prácticas, y la fuerte implicancia social de éstas.

En los últimos decenios, la historia registra la aparición de una problemática inédita, que activa la consciencia de derechos de nuevo cuño. Muy recientemente, Guy Braibant resumió del siguiente modo los problemas suscitados sobre el tema: "E] progreso científico y tecnológico, aunque básicamente beneficioso para los seres humanos, tiene también efectos adversos y repercusiones peligrosas. Sus avances pueden llevar a afectar derechos fundamentales. Es el obvio caso de la energía nuclear, que mientras aumenta notablemente las fuerzas productivas en las sociedades modernas, acarrea simultáneamente el riesgo de causar destrucciones masivas, de exterminar poblaciones enteras y aun de destruir la raza humana. Es también el caso de los medios de producción transporte en campos tales como la industria química y la del petróleo, que ha llevado ya a la muerte a miles de personas y solucionado vastas extensiones de tierra, aire y agua. Puede también hablarse de la informática, que facilita el trabajo humano mientras amenaza, mediante sus archivos, con desarrollar un exceso de control corporativo sobre las personas. Y es, finalmente, el caso del enorme y veloz progreso que ha caracterizado a la medicina y la biología en los últimos veinticinco años".

La creciente complejidad de las relaciones sociales -y su particular explosión en el siglo XX-, así como la influencia en los ámbitos público y privado de las tecnologías últimamente desarrolladas, han provocado, en efecto, la expresión abrupta de conflictos de intereses entre los sectores involucrados, y riesgosas manipulaciones en áreas de lo público y de lo íntimo, originando la aparición de nuevas formas de violaciones –a veces muy sutiles y generalizadas- con lo que las formulaciones de 1948 se quedan cortas. La expansión del capitalismo y de las economías de mercado a todo el globo, y el consecuente desarrollo de una tecnología sin control social, a veces sólo útil al lucro, crean dificultades inéditas en la convivencia humana y, a su vez, producen la emergencia, por reacción, de derechos a los que suele aludirse con el nombre de "derechos humanos de tercera generación" (puede considerarse que los de primera generación fueron los consagrados en 1789, y los de segunda generación, los incluidos en la Carta de 1948).

Con la finalidad de incorporar estos nuevos derechos a la declaración universa1, se creó en París, en 1977 la entidad Nuevos Derechos del Hombre. Entre los principales derechos emergentes, se hayan: el derecho al referéndum - cuya formulación exige cuidar los matices a fin de que no conduzca a limitarla previa discusión crítica de los problemas sometidos a la compulsa pública-, y el derecho al pluripartidismo, ambos extensiones del art. 21 de la carta de 1948; el derecho a la huelga y el derecho a la participación obrera en la gestión empresaria, augurados (pero lamentablemente no asegurados todavía en nuestro país) por el art. 14 bis de nuestra Constitución; el derecho al desarrollo, término éste que requiere una definición consensuada, para que no deba entenderse como el simple aumento contable del producto bruto sino como el crecimiento armónico de todos los niveles de la sociedad. Se suma a los anteriores el derecho al respeto de las culturas preexistentes, ya sustentado por la Declaración de los Derechos de los Pueblos (Sec. I, art. 4 y Sec. 4, arts. 13, 14, 15 y 19).

Como uno de los derechos más significativos e imperiosos, directamente vinculado con el derecho a la vida, aparece a si mismo el derecho a un medio ambiente sano.

Esta preocupación adquiere sesgo político desde el momento en que, con los usos irracionales de la industria, existe una explotación abusiva del patrimonio humano natural, que viene a sumarse a los desastres ocasionados en conflictos como el de Vietnam -y otros más recientes- con la destrucción del medio natural por razones de estrategia bélica. La tala de la selva amazónica por motivos de codicia debe alertarnos sobre el peligro que para países marginales implica enajenar cualquiera de las reservas naturales y perder así el poder de decidir sobre ellas (a nosotros corresponde determinar los riesgos de una decisión no nacional sobre la laguna Iberá, o sobre el Parque Nacional de Nahuel Huapí, por ejemplo: es una buena instancia para ejercitar el trabajo multidisciplinario en la escuela, la discusión pública y el derecho al referéndum).

En la problemática ecológica argentina, otro tema grave es el de la erosión o el del agotamiento de los suelos, ya sea por imprevisión ante la acción del viento y las aguas, o por la falta de una programación adecuada de los cultivos, o aun por la tala de bosques sin reposición (la tala masiva de bosques en Santiago del Estero, o por La Forestal, en Santa Fe, produjo prejuicios que todavía hoy se sienten). La tala de bosques, por lo demás, retarda la renovación de la biosfera.

La cuestión de los residuos contaminantes (especialmente los nucleares) y no degradables biológicamente, ya sea que provengan del propio país o de países que pagan repositorios en naciones pobres ( riesgo que parece ser el de Gastre, en la Patagonia argentina) debe ser motivo de severas regulaciones y controles que impidan que seamos convertidos en tachos de basura del mundo avanzado.

Es oportuna, en este sentido, la ley que acaba de sancionar el Parlamente (1992), y que representa un avance pero no una solución todavía para impedir que

nuestro país sea albergue de residuos contaminantes de todo tipo. Su reglamentación significará al menos un control inicial en la preservación del medio. Entidades internacionales han alertado, asimismo, sobre la necesidad de evitar el rellenado de terrenos con desechos no degradables que, al no ser asimilados por el suelo, anulan la capacidad productiva de éste. En efecto, gran cantidad de desechos industriales -que en algunos casos podrían perfectamente reciclarse- contaminan el aire, el agua, el suelo, y provocan daños acumulativos a todas las formas de vida en el planeta.

Es un asunto de terribles consecuencias -entre ellas, el aumento de la temperatura atmosférica y su influencia en el derretimiento de los hielos polares con el consecuente ascenso en el nivel de los mares y la salinización de las cuencas fluviales- la laceración de la capa de ozono resultante de la polución por automotores y chimeneas, así como por el, freón empleado para llenar aerosoles, heladeras, aparatos de aire acondicionado, etc.

En nuestros países, de escaso desarrollo, el capital financiero emplea su influencia para lograr explotar antes que nosotros -y en lugar de nosotros nuestros recursos naturales, dejando en reserva los que estima convenientes a sus intereses. La indisponibilidad de los recursos no renovables por los países de escasa autonomía redunda no sólo en su enajenación y agotamiento prematuro, sino también en la modalidad depredadora e irracional de su explotación. Cabria agregar en este punto, como otra forma de afectar los derechos de los habitantes de países periféricos, la realización en su territorio de experimentos no permitidos en los países centrales (p. ej., el episodio de 1986 en Azul, Pcia. de Buenos Aires, cuando un equipo de los E.U.A. experimentó con virus recombinantes sobre animales, sin la autorización, y ni si quiera el conocimiento, de las personas que se hallaban en contacto con los mismos). También en este caso la legislación y el control -hasta ahora escasos- deben atender a preservar el medio local. Existen, por lo demás, hechos comprobados que señalan a grandes compañías -nacionales e internacionales- de estar vendiendo productos alimenticios no aptos para el consumo humano, o fármacos dañosos para la salud. El hecho se agrava porque generalmente se destinan a la alimentación -o al tratamiento- de niños o ancianos carenciados.

La defensa y preservación del medio ambiente ha sido objeto hasta la fecha, en el orden internacional, de tres importantes reuniones de las que surgieron documentos y comisiones. El propósito es garantizar acuerdos mundiales, regionales y bilaterales al respecto, y establecer los modos de garantizar su cumplimiento. Infortunadamente, se avanza a pasos muy lentos en relación con las urgencias del riesgo que corre nuestro planeta.

En 1971, 2200 científicos de 23 países dirigieron al mundo, a través de las Naciones Unidas, un mensaje instando a luchar por la supervivencia de la especie humana.

Se lo llamó el Mensaje de Menton por la ciudad francesa donde se realizó el encuentro, y constituyó una voz de alerta luego recogida en la Declaración de Estocolmo de 1972. Esta vez fueron las propias Naciones Unidas quienes convocaron a la reunión sobre medio ambiente, que deliberó con la presencia de 12.000 delegados de 112 países, y que produjo la citada declaración. En la reciente Conferencia Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo (1992) llamada la "cumbre de Río de Janeiro- por la presencia de numerosas primeras figuras de la política mundial -hubo 141 países representados, sin que se llegara a compromisos definitorios. Sin embargo, la deliberación abierta y controversial, la presencia de un activo foro de organizaciones no gubernamentales que se movilizan a instancias de infinitas entidades de base, y la publicidad obtenida por el evento, constituyeron un logro nada despreciable.

Lo que estas reuniones dejaron en claro es que el subdesarrollo agrava las ^sales y los efectos depredadores del medio ambiente, y que las naciones débiles económicamente carecen de poderes efectivos para "convencer" a las naciones ricas de abandonar sus prácticas depredadoras. Generar la discusión crítica y la consciencia política sobre esta problemática es fundamentalmente tarea comunicacional (educación y medios en primer término). Diversas entidades han propuesto iniciar movimientos masivos en defensa del ecosistema y de la herencia del medio terrestre. En el ámbito educativo, conviene encarar el tema a través de talleres multidisciplinarios, a partir de la percepción -por los participantes - de la incidencia de las distintas formas de daño al ecosistema en el ámbito mismo que ellos comparten. La vivencia de la integralidad de los derechos y de su inequívoco alcance social surge de modo muy evidente en la labor con esta temática, que puede adquirir un alto contenido crítico a través de la forma taller.

El derecho a un medio ambiente sano se conecta, por este camino, con otro de los grandes "nuevos derechos", el derecho a la información, vinculado de modo inmediato con el cumplimiento de casi todos los derechos, al extremo de que su violación supone la existencia de una violación de otro u otros derechos.

En realidad, el derecho a la información no es una nueva reivindicación social ni mucho menos. Aparece como uno de los derechos más antiguos, en tanto formante del concepto de res pública, ligado a la definición del área de lo público ( como diferente de lo privado y también "concerniente al Estado"), objeto de decisiones políticas. Es, pues, un derecho del ciudadano, y en ese carácter lo acoge reiteradamente la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, de 1789 (Preámbulo y arts. XIV y XV). Dos de estas menciones aluden especialmente a la información relativa a la administración pública ya] presupuesto: cuánto se recauda y en qué se gasta. Se trataba deponer límites a las arbitrariedades y desórdenes del Absolutismo, que atentaban contra la idea de racionalidad en la vida económica.

Sin embargo, esta reivindicación tan anhelada fue, con la evolución del capitalismo, muchas veces escamoteada y paulatinamente debilitada. La robusta idea de que para que existiera una opinión pública, ésta debía estar alimentada por la información, no se reflejó en cuerpos explícitos de leyes, y la apertura del Estado burgués a los ciudadanos fue arrancada de a pedacitos: las leyes de información existentes son, en su mayoría, posteriores a la última guerra (E.U.A., Francia, Canadá, Noruega, Suecia, Dinamarca, Austria, Australia, Nueva Zelanda, Holanda, Finlandia, donde estas regulaciones suelen aparecer ligadas a cuerpos legales referidos al complementario derecho a la privacidad).

Las leyes de información aseguran primordialmente el acceso de los ciudadanos (en algunos casos, de todas las personas que lo soliciten, incluso si se trata de extranjeros), a la documentación producida y acumulada por la administración pública, lo que implica la obligación de registro de los actos sujetos a las leyes de información, a su conservación, y a la instrumentación de diversos grados de acceso y control social.

En nuestra Constitución, los derechos a la libertad de expresión, de prensa, de reunión y de asociación, así como otros conexos, perfeccionan el derecho a la información asegurado en los artículos 1 y 33, y ello porque este derecho es eficaz sólo si concurren otros actos necesarios a su realización: es decir, además del registro, conservación y derecho al acceso, las libertades de expresión y de publicación. A ellos, los hombres del siglo XVIII sumaron una institución hoy empobrecida de sentidos, pero vigente, ya sea en forma activa o larvada, en las prácticas populares: el funcionamiento de la opinión pública, o sea la discusión racional y crítica de los asuntos públicos, que en la concepción dieciochesca limitaba su alcance al ámbito burgués. En nuestro tiempo, la opinión pública sigue siendo u4 práctica reconocida a ciertas esferas, y así se la ha redefinido desde los medios (muchos de ellos se ven como sus sujetos excluyentes), desde el poder político -donde la opinión pública se reduce a un manipulado 'Feed back", o desde las empresas productoras de bienes para las cuales la opinión pública es la respuesta de los consumidores.

Sin embargo, corrientes de pensamiento provenientes de la educación, de las ciencias de la comunicación, de la psicología y de la antropología social recogen en este momento prácticas de diversas organizaciones, y están recorriendo el camino que tiende a reinstalar la discusión crítica sin alardes de racionalismo ingenuo en el seno de la sociedad actual. Aparece entonces un nuevo derecho, el derecho a la comunicación, motivo de elaboraciones teóricas que buscan hacer frente al carácter tantas veces omnipotente de los poderes públicos y de los medios hegemónicos, examinando el progreso de infinidad de cenáculos dialogantes y productivos alimentados por redes informales, y hasta informa tiza das, al margen de las grandes cadenas, redes que están capacitadas para rumiar los tenias sociales y para crear opinión a partir de realidad cotidianas. Las organizaciones no gubernamentales, que constituyen piezas claves para la vitalidad de las Naciones Unidas, conforman el nivel más alto de estos cenáculos infinitamente ramificados.

La importancia de estas formas de diálogo político y de sus redes informales adquiere particular relevancia en las nuevas formas educativas de las que el taller no es sino una de las especies más difundidas.

"... Y finalmente (aunque éste sería un proyecto a largo plazo, que exigiría generaciones de dominio totalitario para llegar a una conclusión satisfactoria), un sistema de eugenesia a prueba de tontos, destinado a estandarizar el producto humano y a facilitar así la tarea de los dirigentes " (A. Huxley. Un mundo feliz. Barcelona: Plaza & Janés S. A. Ed., 1984, pág. 14).

Hace ya bastante tiempo, Aldous Huxicy predecía los riesgos de manipulación implicados en el arrollador avance de la genética, cuyas primeras aplicaciones prácticas constituyeron éxitos notables en la producción de alimentos (hibridación de granos, productividad mayor de ciertas especies animales destinados al consumo humano, etc., etc.). Hoy la atención de los hombres se dirige al control de estas experiencias, a fin de que den sus réditos, pero que no afecten la vida, la libertad ni la dignidad de) ser humano, ni dañen el medio ambiente.

Tal es la razón de que entre los "derechos de tercera generación" tenga un importante lugar el que se refiere a la preservación del patrimonio genético, que en la reunión de Río de 1992 fue el tema crítico, censurado por los E.U.A. (" biodiversidad"), pero que, significativamente, había constituido el motivo inicial de preocupación de la Conferencia Internacional de Derechos Humanos, celebrada en 1968 en Teherán (Irán), dedicada a discutir la repercusión de los adelantos científicos y tecnológicos sobre los derechos humanos .

La preocupación por preservar el patrimonio genético aparece tan pronto como la ciencia particularmente la biología y la bioquímica- crea la posibilidad cierta de describir e intervenir en la herencia genética, muy especialmente en el genoma humano. El conocimiento y la manipulación de los genes deposita en manos del hombre la responsabilidad de decidir sobre las características futuras de los individuos vivos -vegetales o animales-, e incluso sobre el destino de los individuos de su propia especie. Esta circunstancia pone en crisis a numerosas esferas de la práctica social --científica, jurídica, cte.- y genera interrogantes graves en el campo de la ética y de los derechos humanos.

Distintas profesiones son alcanzadas por esta problemática, que incide en sus deontologías. Es más: la biogenética ha provocado el surgimiento de un campo específico de la ética, que discute, sobre todo, los problemas con los que los médicos se ven confrontados en la aplicación de estas nuevas tecnologías."

En la esfera de los derechos humanos, la preocupación se centra en crear los instrumentos jurídicos capaces de garantizar que las nuevas tecnologías se apliquen sin desmedro de los derechos consagrados ---explícita e implícitamente- en la carta de 1948. y que hacen al respeto por la vida, la dignidad y la libertad de todos los hombres por igual. En este sentido, se ha señalado la vulnerabilidad de algunos de esos derechos ante los usos indebidos de la biotécnología.

Aun cuando la descripción del genorna humano no se ha logrado íntegramente, y su manipulación apenas se halla en sus comienzos, es evidente que estos dos aspectos -lectura y manipulación- crean riesgos que deben quedar bajo control. En Río, las naciones asistentes, salvo los F-U.A-, han coincidido en este aspecto.

Los riesgos del uso indebido de estos conocimientos amenazan no sólo la vida de las especies, sino también otras esferas, como la de la privacidad. La información genética de una persona le pertenece, y no puede ser revelada a nadie, ni publicada sin su consentimiento: de otro modo, afectaría sus derechos íntimos (art. 12 de la DUDH). Por el contrario, la investigación y sus resultados han de hallarse bajo control público, respetándose el viejo y olvidado principio liberal de que la ciencia es patrimonio humano, independientemente de las patentes y resguardos que de ella deriven en el campo de los derechos de autor, y de la explotación tecnológica. Córno se discutió en la Comisión MacBride (UNESCO, 1980), los desequilibrios de información en el mundo actual afectan también, "de un modo que tiende a agravarse, al acopio y la difusión de los datos necesarios con fines científicos, de innovación técnica, de desarrollo comercial, de explotación de los recursos naturales, de previsión meteorológica, de consecuciones de los objetivos militares, cte." (en violación del art. 19 de la DUDI-1).

En el terreno terapéutico, el uso de nuevas tecnologías ha de dirigirse a corregir males genéticos y a curar dolencias, estableciéndose un marco jurídico riguroso para controlar el alcance de tratamientos en que se manipulan genes. Estos tenias están directamente vinculados con el derecho a la información tanto de los pacientes individuales como de la sociedad.

Ante los progresos de la biotecnología es, sin duda, indispensable ahondar en una bioética, ya constituida como nueva área de reflexión. Pero aún más imprescindible es la discusión y el resguardo jurídico de los derechos que pueden ser vulnerados. Es un imperativo alcanzar una legislación capaz de garantizar su vigencia y exigibilidad ante los actos que puedan afectar al patrón genético – individual o colectivo -, a fin de que su manipulación no quede simplemente librada a las buenas consciencias de científicos, profesionales, industriales o gobernantes, sino que sea objeto de leyes basadas en decisiones sociales.

Otra vez aquí el papel de la educación y los medios es preponderante, y nuevamente en este campo se impone el tratamiento multidisciplinario de esta temática que alcanza, por igual al campo biológico y social, desde que los procesos que desencadenan las nuevas tecnologías afectan al hombre en sociedad.

La discusión de los derechos "de tercera generación", no se agota, por lo demás, con estas consideraciones: ellas quieren solamente exhibir la vivacidad con la que se mantiene el debate sobre los derechos humanos, y su carácter eminentemente histórico. Al mismo tiempo se muestra aquí la profunda ligazón en experiencia social y trabajo0 teórico, así como el papel del diálogo en la conformación de las bases progresivas de la convivencia. La forma taller, que rescata a un tiempo la práctica, el intercambio en diálogo y la reflexión con vistas a formular teorías, aparece como el ámbito ideal donde se resuelven y pueden llegar a consenso las experiencias y acciones individuales en el curso de los cambios que la sociedad sigue y seguirá produciendo en su historia.


 

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